Desde el principio hasta el final no tienes que preocuparte de nada. El proceso se compone de varias fases. Nosotros te informamos al menos una vez al mes y cada vez que tu reclamación cambie de estado. Tú siempre tienes acceso a través de tu cuenta.
Lo primero será realizar una reclamación extrajudicial para intentar llegar a un acuerdo. En caso de que no sea así, procedemos a presentar la demanda. Si es admitida por el juez, este se lo traslada a la parte demandada para posteriormente acudir a juicio. En algunos casos puede requerirse tu presencia. Si es así te avisaremos con antelación y te daremos toda la información necesaria. Tras esto el juez dicta sentencia. Y si es favorable comienza el plazo para recuperar tu dinero.
No. No tienes que adelantar ni un euro. Nosotros anticipamos todos los costes incluidos el procurador y poder para pleitos. Tú solo pagas nuestros honorarios si ganas tu reclamación.
Dependerá del tipo de reclamación y del volumen de asuntos del juzgado. Algunas pueden resolverse en meses. Otras tardar años.
Tendrá que ver con la demanda que tenga cada uno de los juzgados. En algunos el proceso es más lento. Otros tardan menos.
Pueden darse dos formas:
Son los gastos derivados de un proceso judicial a cada una de las partes implicadas. Estos son los honorarios de abogado, procurador y perito (en el caso de que fuera necesario). También copias, notificaciones judiciales o burofaxes entre otros. Cuando en un juicio hay condena en costas significa que la parte que ha perdido tiene que pagar estos gastos a la parte contraria.
Por ello, siempre te damos la opción de incluir nuestro seguro. Así no tienes que preocuparte en el caso de que tu reclamación no tenga éxito. Nosotros cubrimos todos los gastos que se puedan generar en tu contra.
Los costes financieros para que puedas realizar tu reclamación sin ningún tipo de coste son enormes para nosotros. Además, los demandados en reclamaciones masivas juegan a retrasar lo máximo posible el pago de las indemnizaciones. Sabiendo que aumenta las posibilidades de que incurramos en fuertes pérdidas.
Por ello, en caso de que se concedan por el juzgado, retenemos como honorarios los intereses y costas legales impuestos a la otra parte. De acuerdo con el artículo 44.2 del Estatuto General de la Abogacía. Esto permite asegurar la continuidad de nuestro proyecto. Y que personas como tú puedan acceder a la justicia para defender sus derechos de una forma fácil, cómoda y asequible.
Es un poder que nos concedes para que podamos representarte y llevar a cabo tu reclamación. No tiene ningún tipo de coste y es 100% online. Puedes hacerlo de dos formas:
Tú decides. Elijas la opción que elijas, te explicaremos cómo hacerlo paso a paso durante el proceso de reclamación.
Nosotros te informamos del estado de tu reclamación al menos una vez al mes a través de email o sms. Y tú accedes desde tu cuenta siempre que quieras. En tiempo real. Todos los días del año. Tú tienes el control. Somos transparentes de principio a fin.
Si tienes una hipoteca a tipo variable y la cuota apenas ha variado desde 2008, es muy probable que tengas una cláusula suelo. Puedes encontrarla en la escritura de tu préstamo hipotecario. Esta aparece como «límites a la variabilidad del interés».
Puedes enviarnos tu escritura a través de nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos. Nosotros analizaremos las cláusulas abusivas de tu hipoteca y las reclamaremos todas. Así nos aseguramos de que consigues lo máximo que te corresponde.
El problema es que muchos bancos no informan de forma clara de la existencia de esta cláusula. Ni de las implicaciones que tiene. Esto está penalizado legalmente. Cuando una cláusula no supera el control de transparencia el juez la considera abusiva. Y por tanto nula. Si es nula, la puedes reclamar.
El objetivo es anular la cláusula suelo de tu hipoteca en el caso de que aún la sigas pagando. Y recuperar el dinero que te pertenece incluso aunque ya hayas terminado de pagarla.
Sí. De hecho, deberías juntar ambas acciones en tu reclamación. Esto hará que aumente el importe del dinero a recuperar.
Puedes enviarnos la escritura de tu préstamo hipotecario a través de nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos. Nosotros analizaremos las cláusulas abusivas de tu hipoteca y las reclamaremos todas. Así nos aseguramos de que consigues lo máximo que te corresponde.
Sí. Si el juez declara la cláusula suelo nula puedes reclamar aunque hayas firmado un acuerdo. También si acudiste a la vía extrajudicial y no estás conforme con la oferta que te han hecho. O si te han denegado la devolución de tu dinero. En estos casos, siempre puedes acudir a la vía judicial para recuperar todo lo que te corresponde.
Depende de si el juez estima que la cláusula no supera el control de transparencia. Si considera que no lo supera se declarará abusiva y por tanto nula. Esto significa que podrás recuperar tu dinero.
Según el Tribunal Supremo la cláusula no supera el control de transparencia cuando no tienes un perfil financiero cualificado y:
Solo tendrás que rellenar nuestro formulario con la información que te solicitemos. Llegará un punto en el que te pediremos que adjuntes esta documentación si la tienes. Si no, durante el proceso te diremos cómo puedes conseguirla.
Si también quieres recuperar tu dinero de los gastos de formalización de hipoteca, necesitaremos:
Puedes reclamar la mayoría de los gastos de constitución de tu hipoteca. Estos son los de gestoría, notaría (solo el 50%), gastos de registro, gastos de tasación y comisión de apertura.
Si tienes o has tenido una hipoteca, es muy probable que hayas pagado los gastos de constitución. Ya que es una cláusula que los bancos introducían de forma generalizada en los préstamos hipotecarios.
Puedes comenzar tu reclamación rellenando nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos. Nosotros analizaremos las cláusulas abusivas de tu hipoteca y las reclamaremos todas. Así nos aseguramos de que consigues lo máximo que te corresponde.
El Tribunal Supremo considera que el banco es el principal interesado en inscribir la escritura del préstamo hipotecario. Por lo tanto, debe ser quien costee la mayoría de estos gastos.
Si tu hipoteca es anterior al 10 de noviembre de 2018 no puedes reclamar este impuesto. En este caso, el Tribunal Supremo determina que debe pagarlo el consumidor.
El objetivo es anular la cláusula en la que se te imponen estos gastos para que puedas recuperar todos o parte de ellos.
Solo tendrás que rellenar nuestro formulario con la información que te iremos solicitando. Llegará un punto en el que te pediremos que adjuntes esta documentación si la tienes. Si no, durante el proceso te diremos cómo puedes conseguirla.
Puedes saberlo teniendo en cuenta lo siguiente:
Puedes comenzar tu reclamación rellenando nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos.
No. Son dos cosas diferentes. Si tienes una tarjeta de crédito y haces alguna compra, le devuelves a la entidad financiera ese importe al mes siguiente. Y la deuda queda saldada.
Si lo que tienes es una tarjeta revolving, pagas el dinero prestado en varias cuotas con unos intereses elevados. Por lo que tu deuda se alarga muchísimo en el tiempo.
El principal motivo es porque te aplicaron unos intereses abusivos. El Tribunal Supremo considera que un interés es abusivo cuando es notablemente superior al tipo de interés medio del mercado. Y esto es lo que ocurre con las tarjetas revolving.
Sí. Las empresas e inversores también pueden reclamar para recuperar su dinero.
El objetivo es anular el contrato de tu tarjeta revolving y recuperar el dinero que has pagado de más. Teniendo en cuenta que estos intereses son tan elevados podemos estar hablando de cantidades importantes.
Solo tendrás que rellenar nuestro formulario con la información que te iremos solicitando. Llegará un punto en el que te pediremos que adjuntes esta documentación si la tienes. Si no, durante el proceso te diremos cómo puedes conseguirla.
Es un préstamo hipotecario que se contrata con el banco en una moneda extranjera. Normalmente yenes o francos suizos. Este tipo de hipoteca está referenciada por el Líbor. Si la tienes, es muy probable que hayas pagado mucho más que si la hubieras contratado en euros y referenciada al Euribor.
Puedes comenzar tu reclamación rellenando nuestro formulario. Te llevará menos de 99 segundos.
El Tribunal Supremo y el Tribunal de la Justicia de la Unión Europea se han pronunciado. Confirman que una hipoteca multidivisa debe transformarse a euros si no supera el control de transparencia. Es decir, cuando no te han explicado de forma clara y comprensible las consecuencias de contratarla. Y no eres experto en cambios de moneda o finanzas.
Las mensualidades de tu hipoteca varían constantemente. Esto se debe a los cambios que sufre la moneda con la que la tienes contratada.
Durante los últimos años los tipos de cambio han sido desfavorables. Esto se traduce en sustanciales subidas en la cuota mensual. Y como consecuencia en la deuda total. Además, cuanto más pasa el tiempo, más aumenta.
Nuestra recomendación es que reclames. Puedes comenzar rellenando nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos.
El objetivo es anular la parte del contrato referente a la moneda o divisa extranjera para:
Nuestra recomendación es que no firmes nada. Debes saber que si lo aceptas es muy probable que estés renunciando a gran parte de la reclamación.
Solo tendrás que rellenar nuestro formulario con la información que te iremos solicitando. Llegará un punto en el que te pediremos que adjuntes esta documentación si la tienes. Si no, durante el proceso te diremos cómo puedes conseguirla.
Entre 2006 y 2013 los principales fabricantes de coches se agruparon bajo el nombre »El Club de las Marcas» con un objetivo: formar un cártel. En este controlaron la fijación de los precios del mercado automovilístico durante 7 años. Por lo que millones de españoles pagaron más de lo que les hubiera correspondido por su coche de no haberse producido estas prácticas abusivas.
Las marcas afectadas componen el 90% de la cuota de mercado. Estas son: Citroën, Mitsubishi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Jeep, Dodge, Fiat, Alfa Romeo, Lancia, Ford, Opel, Honda, Hyundai, Kia, Mazda, Mercedes, Nissan, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Toyota, Lexus, Audi, Volkswagen, Škoda y Volvo.
Si realizaste la compra, leasing o renting de un coche entre 2006 y 2013, es muy probable que pagases más de lo que debías. Puedes comenzar tu reclamación rellenando nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos.
Cualquier persona que haya adquirido uno o más coches por compra, leasing o renting de una de las marcas del cártel entre 2006 y 2013. Ya sean particulares, autónomos o empresas.
Depende. Si todos los vehículos pertenecen a una sola empresa, solo tendrás que interponer una reclamación. Si has comprado varios coches a diferentes empresas, necesitarás realizar una reclamación por cada empresa.
En principio sí. Es un proceso más complejo que con los coches nuevos. Por lo que habría que estudiar tu caso de forma personalizada. Puedes comenzar tu reclamación rellenando nuestro formulario. Te llevará menos de 99 segundos.
Si tu caso es viable puedes recuperar entre un 10% y un 15% del precio del vehículo.
Sí. Aunque hayas vendido tu coche puedes reclamar para recuperar el dinero que pagaste de más.
Solo tendrás que rellenar nuestro formulario con la información que te iremos solicitando. Llegará un punto en el que te pediremos que adjuntes esta documentación si la tienes. Si no, durante el proceso te diremos cómo puedes conseguirla.
Es un seguro que cubre parte o el total de la cuota mensual de tu préstamo en el caso de que te quedes en situación de desempleo. También si sufres una incapacidad temporal por enfermedad o accidente.
El principal problema de este tipo de seguros es que frecuentemente se incluyen sin previo consentimiento del cliente. Además, suelen presentar una serie de cláusulas excluyentes. Es decir, situaciones concretas en las que no se hacen responsables de pagar las cuotas. Puede darse el caso de que lo incluyan en tu contrato aun sabiendo que tú estás en una de esas situaciones.
Puedes comenzar tu reclamación rellenando nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos.
Aunque mayoritariamente se incluye en hipotecas, este seguro se da en todo tipo de préstamos. Por ello, te recomendamos revisar todos los posibles créditos que hayas solicitado para compraventa de bienes a plazos. Por ejemplo, para la adquisición de un vehículo. Hasta tu alquiler de vivienda puede incluir un seguro de protección de pagos.
No. Estos detalles serán fijados de forma particular en cada caso y debes tenerlos en cuenta al firmar. Lee con atención los casos que se excluyen, los periodos de carencia, si presenta franquicia, los plazos temporales y las cantidades máximas que quedarán aseguradas. Esto datos deben aparecer especificados de forma concisa y transparente en este contrato.
No, este seguro no cubre la baja por maternidad. Solo cubrirá las cuotas de la persona trabajadora que por enfermedad o accidente esté incapacitada para realizar sus funciones. Siempre y cuando así lo dictamine una baja firmada por un médico de la Seguridad Social.
No. Este seguro se limita a trabajadores que cumplan alguno de estos requisitos:
En caso de que tu situación sea de desempleo o incapacidad temporal, deberás contactar con la aseguradora para comunicar tu situación. También para conocer los plazos y la documentación que necesitas para presentar la solicitud. Con este trámite, ya debería responsabilizarse de los pagos y pasarte mensualmente los detalles de dicha cobertura.
Si no es así, podemos ayudarte a exigir tus derechos y a reclamar lo que te corresponde legalmente. Puedes comenzar rellenando nuestro formulario. Te llevará menos de 99 segundos.
Si no estás de acuerdo con esta póliza ni la has contratado de forma consciente y voluntaria, puedes y deberías reclamar. Puedes comenzar rellenando nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos.
Como en todas las reclamaciones es complicado predecir cómo va a terminar el procedimiento.
Lo que sí podemos decirte es que estamos muy seguros de lo que hacemos. Y de cómo lo hacemos. Por eso nuestro compromiso es que si no ganas no pagas nuestros honorarios. Además, durante el proceso, siempre puedes incluir nuestro seguro de costas. Así no tienes que preocuparte de nada en el remoto caso de que tu reclamación no tenga éxito.
Solo tendrás que rellenar nuestro formulario con la información que te iremos solicitando. Llegará un punto en el que te pediremos que adjuntes esta documentación si la tienes. Si no, durante el proceso te diremos cómo puedes conseguirla.
Existen dos reglamentos que evalúan cuánto y cómo se recompensará a los pasajeros por parte de las aerolíneas. Esto dependerá del territorio en el que se produzca el vuelo:
La gran mayoría de reclamaciones de vuelos están sujetos al reglamento europeo. Ya que las compañías low cost son las más reclamadas por retraso y cancelación de vuelos. Y estos son sus destinos más frecuentes.
Lo primero que debemos tener en cuenta es el tiempo en cada caso. Tienes derecho a una indemnización de hasta 600 € cuando:
Si tienes gastos derivados de la incidencia los puedes reclamar. Incluso aunque te avisaran dentro de plazo.
A través del convenio de Montreal es más complicado estimar la indemnización. Ya que no determina cantidad alguna para retrasos o cancelaciones. Por tanto, será el juez quien fije la cantidad que compense la incidencia producida. En este caso, recomendamos reclamar a partir de 12 horas de retraso.
Si llegaste a tiempo a la puerta de embarque y tu documentación era correcta, puedes y deberías reclamar. Aunque te reubicasen en otro avión. Siempre y cuando no accedieras voluntariamente a no embarcar. Y llegaras al destino con 3 horas de retraso o más.
La duración media es de un año. Esto dependerá de varios factores. Entre ellos si la aerolínea quiere llegar a un acuerdo extrajudicial o no.
Aunque ya no tengas tu tarjeta de embarque, puedes solicitar a la aerolínea un certificado de embarque. Para ello, tendrás que hacer un escrito dirigiéndote a la aerolínea. Es importante que incluyas los siguientes datos:
El decreto europeo regula las indemnizaciones de retraso, cancelación u overbooking. Estas se calculan en función de los kilómetros que hay entre el origen y el destino del vuelo:
Además de la indemnización, tienes otros derechos. Estos dependerán de cada caso.
Retraso:
Cancelación y overbooking:
Sea cual sea tu caso, también puedes reclamar:
Son aquellas circunstancias extraordinarias por las que un vuelo puede sufrir retraso o cancelación. Y no tienen que ver con la aerolínea en sí. Solo en estos casos, no se puede reclamar.
Según el reglamento europeo tienes hasta 5 años para realizar tu reclamación desde que se produjo la incidencia. Ya sea por retraso, cancelación u overbooking.
Si es a través del convenio de Montreal solo tienes 2 años.
Realmente con tu DNI o pasaporte y los billetes de avión o tarjetas de embarque es suficiente para justificar y reclamar tus vuelos.
Para agilizar el proceso de reclamación de tus vuelos, es recomendable que tengas a mano algunos documentos:
Por norma general, si permaneces menos de 183 días al año en España no eres considerado residente fiscal. Sin embargo, hay excepciones. Por ejemplo, que tu cónyuge e hijos residan habitualmente en España. O que Hacienda considere que el núcleo de tus intereses económicos está en este país.
Esto último es una cuestión compleja de determinar. Si tienes dudas sobre tu situación fiscal, puedes contratar un informe personalizado de la mano de un asesor fiscal. Este es un servicio aparte. Te lo ofreceremos una vez completes el formulario.
Deberás presentar una declaración por cada propiedad en España en la que seas propietario.
Sí, cada propietario debe presentar sus impuestos por separado. Incluso si están casados.
Sí. Estarás obligado a pagar el impuesto por imputación de rentas inmobiliaria. Esta corresponde al número de días en los que la propiedad haya estado a tu nombre sin estar alquilada hasta su venta. Independientemente de otros impuestos que debas declarar, como los relativos a la propia venta.
Sí. Hacienda no realiza distinciones en este sentido. Por lo que debes pagar impuestos por imputación de renta inmobiliaria.
Así es. Incluso si no alquilas tu propiedad, deberás pagar lo que se conoce como renta inmobiliaria imputada. Al tener tu propiedad sin alquilar, Hacienda considera que podrías alquilarla y obtener un ingreso. Por lo que cuantifica esa posibilidad en una cantidad determinada y te hace tributar por ello.
Si tu vivienda ha estado en algún momento vacía u ocupada gratuitamente por ti, un amigo o familiar, se produce la imputación de rentas. Y hay que pagar impuestos.
Se aplica un porcentaje del 19% si el declarante es residente en un país perteneciente al Espacio Económico Europeo. O del 24% en caso contrario, sobre la cuantía correspondiente, que varía según se declare por lo obtenido al alquilar la propiedad o por la imputación de renta inmobiliaria.
Contratando nuestros servicios no tendrás que preocuparte de nada. Nos encargaremos de domiciliar el pago del impuesto en la cuenta bancaria española de tu preferencia. Te avisaremos con antelación para que te asegures de disponer de los fondos necesarios en tu cuenta bancaria. Por el contrario, si decides presentar tus impuestos por tu cuenta, podrás hacer el pago a través de una entidad bancaria colaboradora de Hacienda.
Si no pagas tus impuestos estarás incumpliendo la ley. Incluso si resides en otro país. Es probable que la Agencia Tributaria inicie un proceso de comprobación y que enfrentes recargos y sanciones. Estos se irán acumulando hasta que no regularices la situación.
Dependiendo de tus circunstancias personales es probable que debas pagar otros impuestos. Llegado el momento, también podrás contratar la elaboración de un informe fiscal personalizado para no residentes. Este informe incluye un listado de los impuestos a los que podrías estar obligado.
Si no dispones de certificado digital necesitarás tener a mano tu DNI o NIE. Así como tu tarjeta de extranjero, permiso de residencia o certificado de ciudadano de la Unión Europea.
Si presentaste tu declaración de la renta en España el año pasado, también te la pediremos. Si no, te pediremos las últimas cinco posiciones del IBAN de la cuenta bancaria que utilices en España.
Deberás tener en cuenta que prestaremos nuestros servicios a partir del trimestre o anualidad en curso en el momento de la contratación. Es decir, no entrarían los impuestos correspondientes a trimestres o anualidades anteriores a la contratación.
En caso de necesitar regularizar estos trimestres o anualidades anteriores, también podemos hacerlo por ti. Este es un servicio aparte. Te informaremos de todo de forma clara y transparente para que tú decidas si también quieres contratar este servicio.
Desde el principio hasta el final no tienes que preocuparte de nada. El proceso se compone de varias fases. Nosotros te informamos al menos una vez al mes y cada vez que tu reclamación cambie de estado. Tú siempre tienes acceso a través de tu cuenta.
Lo primero será realizar una reclamación extrajudicial para intentar llegar a un acuerdo. En caso de que no sea así, procedemos a presentar la demanda. Si es admitida por el juez, este se lo traslada a la parte demandada para posteriormente acudir a juicio. En algunos casos puede requerirse tu presencia. Si es así te avisaremos con antelación y te daremos toda la información necesaria. Tras esto el juez dicta sentencia. Y si es favorable comienza el plazo para recuperar tu dinero.
No. No tienes que adelantar ni un euro. Nosotros anticipamos todos los costes incluidos el procurador y poder para pleitos. Tú solo pagas nuestros honorarios si ganas tu reclamación.
Dependerá del tipo de reclamación y del volumen de asuntos del juzgado. Algunas pueden resolverse en meses. Otras tardar años.
Tendrá que ver con la demanda que tenga cada uno de los juzgados. En algunos el proceso es más lento. Otros tardan menos.
Pueden darse dos formas:
Son los gastos derivados de un proceso judicial a cada una de las partes implicadas. Estos son los honorarios de abogado, procurador y perito (en el caso de que fuera necesario). También copias, notificaciones judiciales o burofaxes entre otros. Cuando en un juicio hay condena en costas significa que la parte que ha perdido tiene que pagar estos gastos a la parte contraria.
Por ello, siempre te damos la opción de incluir nuestro seguro. Así no tienes que preocuparte en el caso de que tu reclamación no tenga éxito. Nosotros cubrimos todos los gastos que se puedan generar en tu contra.
Los costes financieros para que puedas realizar tu reclamación sin ningún tipo de coste son enormes para nosotros. Además, los demandados en reclamaciones masivas juegan a retrasar lo máximo posible el pago de las indemnizaciones. Sabiendo que aumenta las posibilidades de que incurramos en fuertes pérdidas.
Por ello, en caso de que se concedan por el juzgado, retenemos como honorarios los intereses y costas legales impuestos a la otra parte. De acuerdo con el artículo 44.2 del Estatuto General de la Abogacía. Esto permite asegurar la continuidad de nuestro proyecto. Y que personas como tú puedan acceder a la justicia para defender sus derechos de una forma fácil, cómoda y asequible.
Es un poder que nos concedes para que podamos representarte y llevar a cabo tu reclamación. No tiene ningún tipo de coste y es 100% online. Puedes hacerlo de dos formas:
Tú decides. Elijas la opción que elijas, te explicaremos cómo hacerlo paso a paso durante el proceso de reclamación.
Nosotros te informamos del estado de tu reclamación al menos una vez al mes a través de email o sms. Y tú accedes desde tu cuenta siempre que quieras. En tiempo real. Todos los días del año. Tú tienes el control. Somos transparentes de principio a fin.
Si tienes una hipoteca a tipo variable y la cuota apenas ha variado desde 2008, es muy probable que tengas una cláusula suelo. Puedes encontrarla en la escritura de tu préstamo hipotecario. Esta aparece como «límites a la variabilidad del interés».
Puedes enviarnos tu escritura a través de nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos. Nosotros analizaremos las cláusulas abusivas de tu hipoteca y las reclamaremos todas. Así nos aseguramos de que consigues lo máximo que te corresponde.
El problema es que muchos bancos no informan de forma clara de la existencia de esta cláusula. Ni de las implicaciones que tiene. Esto está penalizado legalmente. Cuando una cláusula no supera el control de transparencia el juez la considera abusiva. Y por tanto nula. Si es nula, la puedes reclamar.
El objetivo es anular la cláusula suelo de tu hipoteca en el caso de que aún la sigas pagando. Y recuperar el dinero que te pertenece incluso aunque ya hayas terminado de pagarla.
Sí. De hecho, deberías juntar ambas acciones en tu reclamación. Esto hará que aumente el importe del dinero a recuperar.
Puedes enviarnos la escritura de tu préstamo hipotecario a través de nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos. Nosotros analizaremos las cláusulas abusivas de tu hipoteca y las reclamaremos todas. Así nos aseguramos de que consigues lo máximo que te corresponde.
Sí. Si el juez declara la cláusula suelo nula puedes reclamar aunque hayas firmado un acuerdo. También si acudiste a la vía extrajudicial y no estás conforme con la oferta que te han hecho. O si te han denegado la devolución de tu dinero. En estos casos, siempre puedes acudir a la vía judicial para recuperar todo lo que te corresponde.
Depende de si el juez estima que la cláusula no supera el control de transparencia. Si considera que no lo supera se declarará abusiva y por tanto nula. Esto significa que podrás recuperar tu dinero.
Según el Tribunal Supremo la cláusula no supera el control de transparencia cuando no tienes un perfil financiero cualificado y:
Solo tendrás que rellenar nuestro formulario con la información que te solicitemos. Llegará un punto en el que te pediremos que adjuntes esta documentación si la tienes. Si no, durante el proceso te diremos cómo puedes conseguirla.
Si también quieres recuperar tu dinero de los gastos de formalización de hipoteca, necesitaremos:
Puedes reclamar la mayoría de los gastos de constitución de tu hipoteca. Estos son los de gestoría, notaría (solo el 50%), gastos de registro, gastos de tasación y comisión de apertura.
Si tienes o has tenido una hipoteca, es muy probable que hayas pagado los gastos de constitución. Ya que es una cláusula que los bancos introducían de forma generalizada en los préstamos hipotecarios.
Puedes comenzar tu reclamación rellenando nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos. Nosotros analizaremos las cláusulas abusivas de tu hipoteca y las reclamaremos todas. Así nos aseguramos de que consigues lo máximo que te corresponde.
El Tribunal Supremo considera que el banco es el principal interesado en inscribir la escritura del préstamo hipotecario. Por lo tanto, debe ser quien costee la mayoría de estos gastos.
Si tu hipoteca es anterior al 10 de noviembre de 2018 no puedes reclamar este impuesto. En este caso, el Tribunal Supremo determina que debe pagarlo el consumidor.
El objetivo es anular la cláusula en la que se te imponen estos gastos para que puedas recuperar todos o parte de ellos.
Solo tendrás que rellenar nuestro formulario con la información que te iremos solicitando. Llegará un punto en el que te pediremos que adjuntes esta documentación si la tienes. Si no, durante el proceso te diremos cómo puedes conseguirla.
Puedes saberlo teniendo en cuenta lo siguiente:
Puedes comenzar tu reclamación rellenando nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos.
No. Son dos cosas diferentes. Si tienes una tarjeta de crédito y haces alguna compra, le devuelves a la entidad financiera ese importe al mes siguiente. Y la deuda queda saldada.
Si lo que tienes es una tarjeta revolving, pagas el dinero prestado en varias cuotas con unos intereses elevados. Por lo que tu deuda se alarga muchísimo en el tiempo.
El principal motivo es porque te aplicaron unos intereses abusivos. El Tribunal Supremo considera que un interés es abusivo cuando es notablemente superior al tipo de interés medio del mercado. Y esto es lo que ocurre con las tarjetas revolving.
Sí. Las empresas e inversores también pueden reclamar para recuperar su dinero.
El objetivo es anular el contrato de tu tarjeta revolving y recuperar el dinero que has pagado de más. Teniendo en cuenta que estos intereses son tan elevados podemos estar hablando de cantidades importantes.
Solo tendrás que rellenar nuestro formulario con la información que te iremos solicitando. Llegará un punto en el que te pediremos que adjuntes esta documentación si la tienes. Si no, durante el proceso te diremos cómo puedes conseguirla.
Es un préstamo hipotecario que se contrata con el banco en una moneda extranjera. Normalmente yenes o francos suizos. Este tipo de hipoteca está referenciada por el Líbor. Si la tienes, es muy probable que hayas pagado mucho más que si la hubieras contratado en euros y referenciada al Euribor.
Puedes comenzar tu reclamación rellenando nuestro formulario. Te llevará menos de 99 segundos.
El Tribunal Supremo y el Tribunal de la Justicia de la Unión Europea se han pronunciado. Confirman que una hipoteca multidivisa debe transformarse a euros si no supera el control de transparencia. Es decir, cuando no te han explicado de forma clara y comprensible las consecuencias de contratarla. Y no eres experto en cambios de moneda o finanzas.
Las mensualidades de tu hipoteca varían constantemente. Esto se debe a los cambios que sufre la moneda con la que la tienes contratada.
Durante los últimos años los tipos de cambio han sido desfavorables. Esto se traduce en sustanciales subidas en la cuota mensual. Y como consecuencia en la deuda total. Además, cuanto más pasa el tiempo, más aumenta.
Nuestra recomendación es que reclames. Puedes comenzar rellenando nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos.
El objetivo es anular la parte del contrato referente a la moneda o divisa extranjera para:
Nuestra recomendación es que no firmes nada. Debes saber que si lo aceptas es muy probable que estés renunciando a gran parte de la reclamación.
Solo tendrás que rellenar nuestro formulario con la información que te iremos solicitando. Llegará un punto en el que te pediremos que adjuntes esta documentación si la tienes. Si no, durante el proceso te diremos cómo puedes conseguirla.
Entre 2006 y 2013 los principales fabricantes de coches se agruparon bajo el nombre »El Club de las Marcas» con un objetivo: formar un cártel. En este controlaron la fijación de los precios del mercado automovilístico durante 7 años. Por lo que millones de españoles pagaron más de lo que les hubiera correspondido por su coche de no haberse producido estas prácticas abusivas.
Las marcas afectadas componen el 90% de la cuota de mercado. Estas son: Citroën, Mitsubishi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Jeep, Dodge, Fiat, Alfa Romeo, Lancia, Ford, Opel, Honda, Hyundai, Kia, Mazda, Mercedes, Nissan, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Toyota, Lexus, Audi, Volkswagen, Škoda y Volvo.
Si realizaste la compra, leasing o renting de un coche entre 2006 y 2013, es muy probable que pagases más de lo que debías. Puedes comenzar tu reclamación rellenando nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos.
Cualquier persona que haya adquirido uno o más coches por compra, leasing o renting de una de las marcas del cártel entre 2006 y 2013. Ya sean particulares, autónomos o empresas.
Depende. Si todos los vehículos pertenecen a una sola empresa, solo tendrás que interponer una reclamación. Si has comprado varios coches a diferentes empresas, necesitarás realizar una reclamación por cada empresa.
En principio sí. Es un proceso más complejo que con los coches nuevos. Por lo que habría que estudiar tu caso de forma personalizada. Puedes comenzar tu reclamación rellenando nuestro formulario. Te llevará menos de 99 segundos.
Si tu caso es viable puedes recuperar entre un 10% y un 15% del precio del vehículo.
Sí. Aunque hayas vendido tu coche puedes reclamar para recuperar el dinero que pagaste de más.
Solo tendrás que rellenar nuestro formulario con la información que te iremos solicitando. Llegará un punto en el que te pediremos que adjuntes esta documentación si la tienes. Si no, durante el proceso te diremos cómo puedes conseguirla.
Es un seguro que cubre parte o el total de la cuota mensual de tu préstamo en el caso de que te quedes en situación de desempleo. También si sufres una incapacidad temporal por enfermedad o accidente.
El principal problema de este tipo de seguros es que frecuentemente se incluyen sin previo consentimiento del cliente. Además, suelen presentar una serie de cláusulas excluyentes. Es decir, situaciones concretas en las que no se hacen responsables de pagar las cuotas. Puede darse el caso de que lo incluyan en tu contrato aun sabiendo que tú estás en una de esas situaciones.
Puedes comenzar tu reclamación rellenando nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos.
Aunque mayoritariamente se incluye en hipotecas, este seguro se da en todo tipo de préstamos. Por ello, te recomendamos revisar todos los posibles créditos que hayas solicitado para compraventa de bienes a plazos. Por ejemplo, para la adquisición de un vehículo. Hasta tu alquiler de vivienda puede incluir un seguro de protección de pagos.
No. Estos detalles serán fijados de forma particular en cada caso y debes tenerlos en cuenta al firmar. Lee con atención los casos que se excluyen, los periodos de carencia, si presenta franquicia, los plazos temporales y las cantidades máximas que quedarán aseguradas. Esto datos deben aparecer especificados de forma concisa y transparente en este contrato.
No, este seguro no cubre la baja por maternidad. Solo cubrirá las cuotas de la persona trabajadora que por enfermedad o accidente esté incapacitada para realizar sus funciones. Siempre y cuando así lo dictamine una baja firmada por un médico de la Seguridad Social.
No. Este seguro se limita a trabajadores que cumplan alguno de estos requisitos:
En caso de que tu situación sea de desempleo o incapacidad temporal, deberás contactar con la aseguradora para comunicar tu situación. También para conocer los plazos y la documentación que necesitas para presentar la solicitud. Con este trámite, ya debería responsabilizarse de los pagos y pasarte mensualmente los detalles de dicha cobertura.
Si no es así, podemos ayudarte a exigir tus derechos y a reclamar lo que te corresponde legalmente. Puedes comenzar rellenando nuestro formulario. Te llevará menos de 99 segundos.
Si no estás de acuerdo con esta póliza ni la has contratado de forma consciente y voluntaria, puedes y deberías reclamar. Puedes comenzar rellenando nuestro formulario. Tardarás menos de 99 segundos.
Como en todas las reclamaciones es complicado predecir cómo va a terminar el procedimiento.
Lo que sí podemos decirte es que estamos muy seguros de lo que hacemos. Y de cómo lo hacemos. Por eso nuestro compromiso es que si no ganas no pagas nuestros honorarios. Además, durante el proceso, siempre puedes incluir nuestro seguro de costas. Así no tienes que preocuparte de nada en el remoto caso de que tu reclamación no tenga éxito.
Solo tendrás que rellenar nuestro formulario con la información que te iremos solicitando. Llegará un punto en el que te pediremos que adjuntes esta documentación si la tienes. Si no, durante el proceso te diremos cómo puedes conseguirla.
Existen dos reglamentos que evalúan cuánto y cómo se recompensará a los pasajeros por parte de las aerolíneas. Esto dependerá del territorio en el que se produzca el vuelo:
La gran mayoría de reclamaciones de vuelos están sujetos al reglamento europeo. Ya que las compañías low cost son las más reclamadas por retraso y cancelación de vuelos. Y estos son sus destinos más frecuentes.
Lo primero que debemos tener en cuenta es el tiempo en cada caso. Tienes derecho a una indemnización de hasta 600 € cuando:
Si tienes gastos derivados de la incidencia los puedes reclamar. Incluso aunque te avisaran dentro de plazo.
A través del convenio de Montreal es más complicado estimar la indemnización. Ya que no determina cantidad alguna para retrasos o cancelaciones. Por tanto, será el juez quien fije la cantidad que compense la incidencia producida. En este caso, recomendamos reclamar a partir de 12 horas de retraso.
Si llegaste a tiempo a la puerta de embarque y tu documentación era correcta, puedes y deberías reclamar. Aunque te reubicasen en otro avión. Siempre y cuando no accedieras voluntariamente a no embarcar. Y llegaras al destino con 3 horas de retraso o más.
La duración media es de un año. Esto dependerá de varios factores. Entre ellos si la aerolínea quiere llegar a un acuerdo extrajudicial o no.
Aunque ya no tengas tu tarjeta de embarque, puedes solicitar a la aerolínea un certificado de embarque. Para ello, tendrás que hacer un escrito dirigiéndote a la aerolínea. Es importante que incluyas los siguientes datos:
El decreto europeo regula las indemnizaciones de retraso, cancelación u overbooking. Estas se calculan en función de los kilómetros que hay entre el origen y el destino del vuelo:
Además de la indemnización, tienes otros derechos. Estos dependerán de cada caso.
Retraso:
Cancelación y overbooking:
Sea cual sea tu caso, también puedes reclamar:
Son aquellas circunstancias extraordinarias por las que un vuelo puede sufrir retraso o cancelación. Y no tienen que ver con la aerolínea en sí. Solo en estos casos, no se puede reclamar.
Según el reglamento europeo tienes hasta 5 años para realizar tu reclamación desde que se produjo la incidencia. Ya sea por retraso, cancelación u overbooking.
Si es a través del convenio de Montreal solo tienes 2 años.
Realmente con tu DNI o pasaporte y los billetes de avión o tarjetas de embarque es suficiente para justificar y reclamar tus vuelos.
Para agilizar el proceso de reclamación de tus vuelos, es recomendable que tengas a mano algunos documentos:
Por norma general, si permaneces menos de 183 días al año en España no eres considerado residente fiscal. Sin embargo, hay excepciones. Por ejemplo, que tu cónyuge e hijos residan habitualmente en España. O que Hacienda considere que el núcleo de tus intereses económicos está en este país.
Esto último es una cuestión compleja de determinar. Si tienes dudas sobre tu situación fiscal, puedes contratar un informe personalizado de la mano de un asesor fiscal. Este es un servicio aparte. Te lo ofreceremos una vez completes el formulario.
Deberás presentar una declaración por cada propiedad en España en la que seas propietario.
Sí, cada propietario debe presentar sus impuestos por separado. Incluso si están casados.
Sí. Estarás obligado a pagar el impuesto por imputación de rentas inmobiliaria. Esta corresponde al número de días en los que la propiedad haya estado a tu nombre sin estar alquilada hasta su venta. Independientemente de otros impuestos que debas declarar, como los relativos a la propia venta.
Sí. Hacienda no realiza distinciones en este sentido. Por lo que debes pagar impuestos por imputación de renta inmobiliaria.
Así es. Incluso si no alquilas tu propiedad, deberás pagar lo que se conoce como renta inmobiliaria imputada. Al tener tu propiedad sin alquilar, Hacienda considera que podrías alquilarla y obtener un ingreso. Por lo que cuantifica esa posibilidad en una cantidad determinada y te hace tributar por ello.
Si tu vivienda ha estado en algún momento vacía u ocupada gratuitamente por ti, un amigo o familiar, se produce la imputación de rentas. Y hay que pagar impuestos.
Se aplica un porcentaje del 19% si el declarante es residente en un país perteneciente al Espacio Económico Europeo. O del 24% en caso contrario, sobre la cuantía correspondiente, que varía según se declare por lo obtenido al alquilar la propiedad o por la imputación de renta inmobiliaria.
Contratando nuestros servicios no tendrás que preocuparte de nada. Nos encargaremos de domiciliar el pago del impuesto en la cuenta bancaria española de tu preferencia. Te avisaremos con antelación para que te asegures de disponer de los fondos necesarios en tu cuenta bancaria. Por el contrario, si decides presentar tus impuestos por tu cuenta, podrás hacer el pago a través de una entidad bancaria colaboradora de Hacienda.
Si no pagas tus impuestos estarás incumpliendo la ley. Incluso si resides en otro país. Es probable que la Agencia Tributaria inicie un proceso de comprobación y que enfrentes recargos y sanciones. Estos se irán acumulando hasta que no regularices la situación.
Dependiendo de tus circunstancias personales es probable que debas pagar otros impuestos. Llegado el momento, también podrás contratar la elaboración de un informe fiscal personalizado para no residentes. Este informe incluye un listado de los impuestos a los que podrías estar obligado.
Si no dispones de certificado digital necesitarás tener a mano tu DNI o NIE. Así como tu tarjeta de extranjero, permiso de residencia o certificado de ciudadano de la Unión Europea.
Si presentaste tu declaración de la renta en España el año pasado, también te la pediremos. Si no, te pediremos las últimas cinco posiciones del IBAN de la cuenta bancaria que utilices en España.
Deberás tener en cuenta que prestaremos nuestros servicios a partir del trimestre o anualidad en curso en el momento de la contratación. Es decir, no entrarían los impuestos correspondientes a trimestres o anualidades anteriores a la contratación.
En caso de necesitar regularizar estos trimestres o anualidades anteriores, también podemos hacerlo por ti. Este es un servicio aparte. Te informaremos de todo de forma clara y transparente para que tú decidas si también quieres contratar este servicio.
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Más vale prevenir que curar. Cuanto más te conozcamos mejor protegeremos tus intereses y más dinero podremos recuperar para ti. Recibirás un informe de diagnóstico a tu medida.
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20 julio 2022




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Es normal que no sepas todo lo que puedes reclamar. Ni el nivel de protección actual de tus intereses. Con unas sencillas preguntas lo descubrirás en menos de 99 segundos.
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